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OYE TU, SABÉS DONDE ESTÁ EL PARKINSON?

domingo, febrero 21, 2010

ANTE PROYECTO DE LEY QUE FALTA

En la época estival, como suelen decir ahora, nuestro paìs de alguna manera se desordena. LLegan visitas a las casas, invaden lo poco que te queda;tu intimidad. Algunos de tus hijos durmiendo en sacos de dormir...¡ y en tu dormitorio!, la cosa es que la (s) visita(s) se sientan cómodas. Porque somos un país acogedor,... porque ...¿lo somos verdad? Si, somos acogedores, entre otras cosas porque nos revienta que nos tilden de cagados, tacaños, egoistas...no... mil veces mejor gastarse la poca plata ahorrada. Pero atender bien a las visitas. Y que los weones no se vayan pelando después. Han cachado que cuando la visita llega siempre elude la pregunta que mas le interesa al dueño de casa: ¿hasta cuando vienen?. Porque esa respuesta es clave;... pero no te la responden...No sé, quizas hasta el viernes..lo que pasa que tenemos otras invitaciones en el Valle. Y aquí sale la falsedad mas autocagativa del dueño de casa: oye y porqué se van a ir tan luego los weones, no puh weon, se tienen que quedar por lo menos hasta la otra semana...si no te vamos a cobrar...Al final los weones se quedan tres semanas y muchas veces tenís que decirle que se vayan.
Para ordenar un poco esta comedia de falsedades que producen las tan mentadas visitas -sobretodo en el verano-, sugiero que se establezca una Ley de la República, que regule legalmente el tratamiento de las visitas. Dicha Ley debería contener entre otras materias:
Cantidad máxima de personas de visita, ESta cantidad considera a aquellas visitas que, siendo del mismo grupo, llegan en horas o días diferentes.
Plazo máximo de permanedncia en calidad de visita en una misma casa; (considera las segmentaciones que se abordan en el siguiente párrafo.
Otras condiciones esenciales:
Antes de efectuar la visita, deberá el visitante incribirse en el Registro Nacional de Visitas, organizmo estatal dependiente del SERNATUR, en donde le asignarán un RUV, Rol Unico de Visitante, el que será obligatorio y su fiscalización estará a cargo de Carabineros de Chile.´No podrá efectuar una visita aquel que no tenmga el RUV, el que tendrá vigencia por dos años. Existirá una base nacional de datos, en que se inscribirán todas las visitas controladas; sus infracciones, etc. A fines de cada año se publicará en los diarios de mayor circulación nacional un ranking de las personas que mas hicieron visitas en el año. Para calcular este ranking, se ponderará según siguiente tabla:
Visitas en:
Epoca Verano: 50%
Epooca Primavera: 30%
Epoca Otoño: 20&
Epoca Invierno: 10%
ESto podrá transparentar el circuito nacional d evisitas, y sobre la base de esta información, el visitado podrá negarse a recibir esa (s) visitas (s) hast apor dos años.
Cuando se efectue la visita por mas de cuatro días , contados desde la madrugada del primer día hasta las 23 horas del cuarto día, la(s) visita(s), podrán hacer uso de las intalaciones del visitado sin costo alguno, que no sea, alguna erogación voluntaria o de especie, que sea el caso que se produzca. El Visitado no podrá negarse a recibir estos aportes voluntarios, los que estarán exentos de tributo alguno.
Pasado el cuarto día, es decir en la madrugada del día quinto y hasta las 23 horas del día octavo, la visita deberá, si quiere continuar permaneciendo en casa del visitado, tomar un vale vista bancario a nombre del visitado, el que se calculará a razón de 0.1566 UF por día pernoctado. Dicho Vale-vista deberá ser entregado por la visita al visitado a primera hora del quinto día.
Además, para todo el período de visita, el visitante deberá tomar una póliza de garantía ejecutoriable. que garantice posibles daños, pérdidas de especies, de virginidad de algunos moradores; invitados externos no deseados, salir a bailar con la esposa del dueño de casa mientras este duerme, porque tiene que trabajar al otro día temprano, quedarse mas días que los garantizados, entre otras cosas. El monto mínimo de esa garantía será de 12,78 UF diarias, y será devuelta al final de la visita, una vez que se verifiquen las eventuales pérdidas, si las hay.
La infracciones a la presente Ley serán expresadas en multas en UTM, y en caso de reiteradss repeticiones de infracción, se podrá solicitar presidio menor en su grado medio.

En fin, quería escribir esto, una webá mas de mi gastado cerebro...no me hagan caso, sigan leyendo blogs. Eso Vale.