MI AMIGO JAMES (2 Parte)
MI AMIGO JAMES (II PARTE)
“Este largo cansancio se hará mayor un día…”
SONETOS DE LA MUERTE,
GABRIELA MISTRAL
El retorno a mis labores habituales e la Compañía estaba previsto para
el 2 de enero de 2013. A este regreso lo precedía un buen tiempo con licencia
médica, debido a que se me hizo una cirugía por atrapamiento del nervio medial
en el túnel carpiano de mi mano derecha. Ahora sé que cometí una de las faltas NO escritas más
graves en el comportamiento organizacional: aceptar y firmar una Licencia Médica
por 30 días o más: imperdonable, además
si nos comparámos con determinados “Héroes” que ni siquiera piden licencia, y
que salen a trabajar al día siguiente. Peor aún, en mis 34 años, nunca tuve una
licencia médica por más de cinco días, y en muy pocas ocasiones,
¿Será posible inferir que porque un trabajador tienen un alicencia
de más de un mes, dicho trabajador quede
como un “excedente de libre disponibilidad” para el área de Gerencia de personas? ¿será así?
NO, obviamente que no. Aunque en algunos casos la ausencia del trabajador
reciente el trabajo colectivo, no es menos cierto que estas situaciones permiten a la Jefatura observar
las capacidades de los demás como una oportunidad
de considerarlo, si se dan las circunstancias.
De manera entonces, que las organizaciones están preparadas en su
mayoría para recibir el impacto de una licencia y desarrollar el trabajo con
pocas, casi nulas, amenazas de que el objetivo global de la unidad esté
acechada por el riesgo de bajar su
rendimiento. Con mayor razón las enfermedades crónicas no son amenazas para el
empleador, a no ser que se trate de patologías que afecten directamente el
desempeño de los integrantes (pienso tal vez pero con cierta injustica en patologías
siquiátricas, trastornos epilépticos en fase avanzada, esclerosis múltiple en
casos muy deteriorados y otras patologías similares.
Todo este preámbulo, era para descartar que me echaron de la pega porque
tenía 10 años de Parkinson… por lo demás, algo que no incluí arriba es que
existe una normativa legal bien precisa que da fuero al trabajdor enfermo.
He dado vueltas, para ir encontrando lo que se echó debajo “de la
alfombra”, en mi caso y desde allí ir reconstruyendo la verdad. Com en el guión
de cine de Alfred Hichkoct, Hay toda una
suerte de puzle que hay que abrirlo y
concluir o descartar, porque se van dej naod señuelos, para despistar.
Primero: ¿A quién le “convenía” que yo me fuera para quedarse con mi
pega? A nadie objetivamente, ya que entendemos por pega la
actual, y ésta se reducía al campo de los seguros. Es más, pocos sabían del tema adentro de la organización,
lo que lo hacía hasta estratégico.
Segundo:¿Hubo razones de mal comportamiento, ser hombre conflictivo, político,
fallero, negativo, sin liderazgo? Definitivamente NO; ya que al ser un staff antiguo, todos se conocían, en profundidad ,
y los razgos de personalidad mencionados no estaban presentes en este caso.
Tercero: ¿Mal comportamiento fuera del trabajo, en su hogar, con su
esposa e hijos, agresivo, escandaloso, mujeriego, alcohólico, drogadicto? Definitivamente
NO.
Cuarto: Poco sociable, con fanatismo individual de algúna religión,
secta o comunidad que atente contra los valores éticos de la sociedad. NO. Por ningún
lado.
Quinto: De nulas o escasas relaciones
con sus compañeros de trabajo, y de mal trato con trabajadores o personas externas. NO lo asocio con nada de
lo que se haya hecho.
Sexto: Mostró actitudes rebeldes, hasta NO llegar a obedecer y no respetar
la autoridad.
Eso sería suicida en cualquier empresa. Habría salido al principio
y no después de 34 años.
Séptimo: Poca o nula empatía con
los objetivos de la unidad, objetándolos reiteradamente, desconociéndole
autoridad a la Jefatura, por ninguneo u
otra actitud similar. Lo mismo que se respondió en el punto anterior Sexto: No
hay registro de acciones claramente suicidas.
Octavo: ¿algún desencuentro circunstancial con algún compañero de
trabajo o con algúna Jefatura, incluyendo agresividad verbal o física, malas palabras,
dentro del recinto laboral y en horas e oficina? NO. Nunca que yo me acuerde.
Estas pueden ser las opciones justificatoria para desvicunlar a un
trabajador, pero…
¿habrán otro tipo de razones? Me
quedan dos (art 160 de Código del Trabajo)
Noveno : Creencia política y/o religiosa en desacuerdo con los valores
´éticos y morales de la organización. Estas creencias, llevadas con respeto y fuera de los horarios de oficina.
Décimo: Actitud sin probidad:
- ¿Le robó dinero o especies a la organización?
- ¿Tiene vínculo amoroso con
alguna empleada e su misma unidad, que se le haya sorprendido en acciones
indecorosas dentro del lugar de trabajo? | , (continuará) Domingo 27 abril 2013 - s
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